Cuando fallece una persona, se abre inevitablemente el proceso legal de su herencia. Esto puede hacerse de manera testada -si hay un documento válido- o de manera intestada, en cuyo caso regirán las normas dispuestas por la Ley. Como abogados de herencias, nosotros recomendamos decantarnos por la primera opción, por las razones que vamos a explicar.
La voluntad de la persona fallecida solo puede conocerse de forma exacta y tener validez legal si se otorga un testamento. Conocer esta voluntad es muy importante, ya que en algunos casos el proceso hereditario se vuelve complicado al no saber exactamente qué es lo que quería el fallecido. A su vez, hay que tener en cuenta que dentro de los tipos de testamento que existen en España -abierto, cerrado y ológrafo- unos son más recomendables que otros. El testamento abierto y el cerrado se hacen ante notario, mientras que el ológrafo no. Por ese motivo, conviene consultar a un abogado especializado para que nos oriente durante el proceso y verifique que todo está correcto, pues de lo contrario el testamento podría ser declarado nulo.
Por otro lado, cuando fallece una persona sin dejar testamento, sus herederos deben hacer un trámite llamado Declaración de herederos. Este trámite se puede ahorrar si previamente existe un testamento, por lo que esta es una razón más para otorgarlo. Recuerde que el testamento se puede otorgar a cualquier edad, por lo que no es necesario ser una persona de avanzada edad para dejarlo hecho.
Teniendo en cuenta lo dicho, si necesita cualquier otra información o quiere que estudiemos su caso, no dude en contactar con nosotros. Nuestro equipo de Sevilla le atenderá de forma totalmente personalizada, procurando que su caso esté resuelto en el menor tiempo posible. Gracias a nuestros años de experiencia, hemos ayudado satisfactoriamente a muchos clientes.