Aunque otorgar testamento es algo que normalmente se asocia con personas de edad avanzada, lo cierto es que puede hacerse perfectamente en otros momentos vitales.
De hecho, según los expertos, una edad apropiada para hacer testamento es la edad madura, cuando hemos logrado cierta estabilidad económica y personal y, a la vez, contamos con una buena salud y tenemos plenas facultades. Teniendo esto presente, es normal preguntarse a qué edad se puede hacer testamento según la Ley.
En España, la edad mínima para otorgar testamento son los catorce años, aunque con una excepción: cuando se trate de testamento ológrafo, será necesario tener cumplidos los dieciocho años, es decir, haber alcanzado la mayoría de edad.
Un testamento ológrafo es aquel escrito de puño y letra del testador. No requiere la intervención de un notario, pero debido precisamente a esta circunstancia, también se corre más riesgo de no cumplir con los requisitos que señala la Ley.
Los testamentos de este tipo no son muy utilizados en nuestro país pero, si desease utilizarlo, lo más razonable sería contar con un abogado para su redacción y, como hemos indicado, también deberá ser mayor de edad quien lo otorgue.
Por lo demás, el Código Civil indica que pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente (artículo 662), por lo que, a menos que se declare una falta de capacidad, la regla general es que se presume la capacidad para otorgar testamento.
Consideramos altamente recomendable consultar con un abogado de herencias cuando se quiera hacer testamento, para así estar suficientemente informados y saber que estamos cumpliendo la Ley. Además, también le podremos explicar con detalle las diferencias entre los distintos tipos de testamentos y, de esta forma, podrá elegir el que sea más adecuado para su situación concreta. Si desea más información, solo tiene que pedir cita llamando a nuestro teléfono o contactando directamente a través de nuestra web.