El testamento es la vía que existe en muchos países para dejar constancia de la voluntad de una persona. Se trata de un documento muy importante, ya que tendrá repercusión sobre todos sus bienes y puede afectar a una pluralidad de personas. Por eso, es fundamental estar bien informado y resolver todas las dudas que podamos tener.
A la hora de plantear la redacción de un testamento, debemos saber que en España existen tres modalidades de testamentos comunes:
Un testamento es abierto cuando la persona que desea hacer testamento (testador) acude a un notario y deja constancia de su voluntad. Sus herederos conocerán el contenido de dicho testamento, razón por la cual se le conoce como ‘ testamento abierto’. Se trata de la opción más habitual en nuestro país.
Puede haber dos tipos de testamentos abiertos:
Existen unos requisitos indispensables para tramitar y escribir un testamento abierto:
Si alguno de estos requisitos falla, el testamento abierto se dará por nulo y no podrá ser entregado según lo que haya deseado el testador.
El testamento cerrado también se realiza ante notario, con la diferencia de que el contenido del testamento estará contenido en un pliego o sobre cerrado, el cual solo se abrirá tras el fallecimiento del testador. Dado que su contenido es totalmente secreto, no lo conocerá tampoco el notario.
Los requisitos para hacer un testamento cerrado son similares a los del testamento abierto:
El testamento hológrafo es un documento escrito del puño y letra del testador, sin que intervenga un notario. Sin embargo, debido precisamente a esto último, se recomienda encarecidamente contar con un abogado de herencias para que nos asista en su redacción. De esta forma estaremos seguros de que el testamento cumple con los requisitos exigidos por la Ley, y que será totalmente válido. En caso contrario, puede que el testamento no cumpla con todos los requisitos y, por tanto, no podría ser utilizado. De hecho, algunos testamentos ológrafos en los que no interviene un abogado no llegan a ser válidos, o incluso no llegan a conocerse.
Tenga en cuenta que, si bien la idea básica de un testamento es recoger la voluntad de quien lo realiza, no debemos pasar por alto los requisitos que establece la Ley. Básicamente esto se centra en respetar la legítima, que es una porción de bienes que corresponden obligatoriamente a determinadas personas (herederos forzosos). Un testamento tendrá que respetar siempre la legítima, pues de lo contrario podría impugnarse. Lo que la Ley pretende es reservar una parte de los bienes para los herederos forzosos, y repartir el resto como desee el testador.
Otro aspecto a tener en cuenta en materia sucesoria, es el hecho de que existen algunas Comunidades Autónomas con un régimen propio: Cataluña, Aragón, País Vasco, etc. Esto hace que algunos aspectos puedan variar de una CC.AA a otra. En Sevilla se aplica el Derecho Común, que es el regulado por el Código Civil. Por eso, en materia sucesoria tendremos como referencia al citado Código Civil.
No debe preocuparse porque, tanto si desea redactar testamento como si es heredero de uno, nosotros le resolveremos todas las dudas que tenga sobre la materia. Y si por algún motivo el testamento no respetase sus derechos, también le ayudaríamos a impugnarlo. Sabemos que hacer testamento o reclamar una herencia puede ser un proceso algo complejo, que nos suscite varias dudas. Pero debe saber que nuestro trabajo es asistirle durante todas las fases, además de aconsejarle sobre la opción u opciones que sean más adecuadas para usted.
Por todo lo dicho, no dude en pedir asesoramiento a nuestros abogados de herencias Sevilla. Gracias a los años de experiencia que acumulamos en el sector, podremos darle una atención rápida y precisa, de forma que el trámite sea lo más sencillo posible para usted. Si quiere pedir una cita, puede llamar por teléfono o dejar sus datos a través del formulario de contacto que tenemos preparado en esta misma web. Una vez estudiado su caso, le daremos toda la información necesaria y le guiaremos durante el resto del proceso.