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Abogado Herencias Sevilla

Bufete especializado en herencias en Sevilla

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Servicios jurídicos

Somos un Despacho de abogados de herencias en Sevilla, los cuales llevamos años ayudando a quienes desean tramitar una herencia o realizar testamento. Si usted también necesita ayuda, solo tiene que llamarnos y le daremos respuesta lo antes posible.

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Tipos de herencias

En España no existe una sola forma de heredar, sino que esta puede ser de dos tipos: testada o intestada. Esto dependerá de si existe o no testamento, respectivamente, y tendrá importantes repercusiones que debemos conocer.

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Abogado en Sevilla

Gracias a nuestra ubicación Sevilla, podemos dar una amplia cobertura jurídica y con un alto rigor profesional; todo ello tratando cada caso de manera totalmente personalizada. Estamos especializados en todo tipo de trámites sucesorios; no dude en consultarnos.

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Recibir herencias

Recibir una herencia puede suponer algunas dudas lógicas, ya que se trata de una cuestión importante: ¿Debo aceptarla o rechazarla? ¿Qué impuestos tendré que pagar? ¿Puedo impugnar un testamento si infringe mis derechos como heredero? Nuestros especialistas le ayudarán a resolver todas estas cuestiones.

Expertos profesionales a su servicio

Tipos de testamentos

01.TESTAMENTO ABIERTO

Se realiza cuando el testador quiere que todos los herederos conozcan el contenido de ese testamento.

02.TESTAMENTO CERRADO

Cuando el testador prefiere que el contenido del testamento sea secreto hasta el momento de su fallecimiento.

03.TESTAMENTO OLÓGRAFO

El testador escribe su propio testamento a mano sin la intervención de un notario de por medio.

04.LA LEY

En todos estos tipos de testamentos hay que tener en cuenta que cumplen todos los requisitos de la ley.

Abogado Herencias Sevilla

Tramitamos su herencia

tipos de testamentos
Tipos de testamentos

Hay varias formas de hacer testamento: abierto, cerrado y ológrafo. Conozca en qué consiste cada uno y cuáles son los requisitos que exige la Ley. Solo tiene que contactar con nosotros y un abogado especializado le ayudará con la cuestión.


nulidad del testamento abogado herencia sevilla
Nulidad del testamento

En determinados casos puede ocurrir que un testamento no sea válido, por ejemplo, porque no cumple con los requisitos formales que pide la Ley. En estas situaciones se puede pedir la nulidad de tal testamento, para lo cual puede consultar con nuestro abogado herencias Sevilla.


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Legados

Las personas pueden recibir una herencia en concepto de heredero o de legatario. En este último caso, lo serán a título particular sobre un bien; además tampoco responderán con su patrimonio de las deudas de la herencia. Si ha recibido o va a recibir un legado, no dude en consultarnos.


¿Que ocurre si nadie reclama una herencia?
¿Que ocurre si nadie reclama una herencia?

En España, no es posible que una herencia se quede sin dueño: en caso de que no existan familiares o de que estos repudien una herencia, será sucesor el Estado español. Si quiere saber más detalles sobre el tema, consúltenos.

Abogado Herencias Sevilla

abogado herencias sevilla

El proceso sucesorio puede ser algo complejo, máxime si nunca hemos pasado por esta experiencia y desconocemos la regulación que la rodea. Lo normal cuando fallece un familiar es sentirnos bastante perdidos, tanto por el impacto psicológico que supone, como por las cuestiones legales que deberemos afrontar. Puede que haya algunos aspectos que ni siquiera nos hayamos planteado, ya que las cuestiones hereditarias a veces no se tienen en cuenta hasta que llega el momento. Entonces ¿qué debemos hacer? ¿Por dónde hay que empezar?

Los abogados de herencias somos los profesionales que nos encargamos de asesorar y gestionar todo el proceso de la herencia, desde el momento en que fallece el causante, hasta que finalmente se ha repartido la herencia e incluso trámites posteriores que pueden surgir. Somos conscientes de que es una cuestión difícil y, por eso, tratamos de enfocar este ámbito desde el punto de vista más humano y comprensivo posible. Cuando recibimos una petición sobre cuestiones hereditarias, tratamos cada caso de manera personalizada: cada persona es única, por lo que cada proceso sucesorio también lo será. Esto hace que analicemos la situación y que le expliquemos a nuestro cliente las opciones que tiene, teniendo en cuenta las circunstancias. Hay muchos factores que rodean a una herencia y lo que procede es hacer un análisis legal siendo conscientes de dichos aspectos.

Un caso bastante habitual en nuestro ámbito es querer redactar un testamento, ya que queremos dejar plasmada nuestra voluntad para cuando ya no estemos. En estos casos, con el fin de saber qué tipos de testamentos tenemos a nuestro alcance, será fundamental acudir al consejo profesional de un abogado para plantear juntos la situación. Tenga en cuenta que en España se puede hacer testamento abierto, cerrado y ológrafo: cada uno tiene unas características específicas y conviene recibir esta información para valorar cuál es el más apropiado. Después, ya podremos empezar a redactarlo teniendo en cuenta el respeto a la legítima, que es una porción de bienes reservada a los herederos forzosos, porque así lo dice la Ley. Si por algún motivo no se siguieran los requisitos necesarios para la validez del testamento, este podría impugnarse. En ese caso le ayudaríamos con el proceso, con el fin de defender sus derechos. Por ello, recuerde que puede contar con nosotros para tal cuestión.

Otra situación frecuente en los Despacho de abogados de sucesiones es que una persona esté dudando sobre si debe aceptar o no una herencia. Tomar la decisión final es algo personal y depende de varios factores, pero nosotros podemos informarle para que sepa qué sería lo mejor. Al fin y al cabo, se trata de una decisión que no se toma todos los días y para la que conviene estar preparado. Algunas personas rechazan una herencia porque creen que les va a perjudicar, sin saber que existe la posibilidad de aceptarla a beneficio de inventario. Para no tomar decisiones precipitadas y arrepentirnos después, lo más razonable es, en resumen, consultar primero con un abogado que nos ponga en claro la situación.

Una vez se ha producido una herencia, esta puede darse con testamento o bien sin él. En el primer caso estaremos ante una sucesión testada, mientras que en el segundo caso será intestada o legal. Conocer las implicaciones de esta situación es importante, ya que de ello dependerán los pasos posteriores. En las sucesiones testadas se atiende al contenido del testamento, mientras que en las demás se atiende a lo que dispone la Ley. En este último caso, se heredará siguiendo el orden que dispone el Código Civil:

  • 1º Hijos y descendientes.
  • 2º Padres y ascendientes.
  • 3º Cónyuge, siempre que no se encuentre separado legalmente o de hecho.
  • 4º Hermanos y sobrinos.
  • 5º Tíos carnales.
  • 6º Resto de parientes colaterales, hasta el 4º grado.
  • 7º A falta de todos los familiares anteriores, en último lugar hereda el Estado español.

Recuerde que para poder heredar, en caso de que no exista testamento, debe hacer un trámite llamado Declaración de herederos. La legislación actual ha simplificado este trámite y ahora los parientes colaterales pueden hacerlo ante notario, en lugar de ir a un Juzgado como establecía la antigua normativa.

El pago de los impuestos es uno de los principales motivos de preocupación cuando se plantea una herencia. Como el tema es complejo, es normal no saber exactamente qué situaciones están sujetas a tributación y cuánto tendríamos que pagar, una vez hechas las deducciones o bonificaciones que en su caso fueran aplicables. El tema se extiende porque, además, esta materia cambia según la Comunidad Autónoma en la que falleciera el causante, ya que el Impuesto de Sucesiones (uno de los que se debe abonar) es un impuesto parcialmente cedido. Para ayudarnos a salir de dudas y saber cómo y cuánto tenemos que pagar, es necesario consultar con un abogado que tenga experiencia en la materia. De esta forma nos quedaremos más tranquilos y el proceso será más sencillo para nosotros, de forma que todo será más fluido. Hay que tener en cuenta que cuenta más ayuda recibamos, menos nos costará terminar el trámite y más rápido se podrán solucionar los posible problemas que existan. En definitiva: contar con un abogado de herencias es no solo adecuado a estos casos, sino prácticamente imprescindible.

Cualquiera que sea su consulta, nosotros podremos ayudarle a resolverla de manera eficaz. Siempre aconsejamos a nuestros clientes que pidan cita previa, para así responder de una forma más rápida y personalizada. Para ello, puede llamarnos por teléfono o bien utilizar nuestro formulario de contacto, y le daremos respuesta de forma clara y concisa, tratando de atender su caso lo antes posible.

Nuestro Despacho de abogados de herencias Sevilla lleva años trabajando para ofrecer un servicio riguroso, profesional y personalizado a todas las personas que acuden a nosotros. La satisfacción de nuestros clientes es elevada y hemos resuelto con éxito numerosos casos que se nos han planteado, por lo que puede quedarse tranquilo sabiendo que está en buenas manos.

Las herencias en España

Las herencias en España

Las sucesiones o herencias, en España, pueden existir bajo dos modalidades diferentes: testadas o intestadas. El primer supuesto se produce cuando existe un testamento, mientras que el segundo se da cuando no existe (o no hay constancia) de que la persona fallecida dejó plasmada su voluntad. 

Averiguar si hay testamento es un paso muy importante y una de las primeras cuestiones que deberemos resolver; para ello, tendremos que acudir al Registro de Actos de Última Voluntad. Es un Registro específico que existe en esta materia, para que los herederos puedan conocer si su familiar dejó testamento o no, y de esta forma proseguir con el resto de trámites hereditarios. Así pues, acudiremos a este Registro llevando el Certificado de Defunción de la persona fallecida y nos informarán de si efectivamente dejó o no tal testamento.

También es muy importante saber que los testamentos pueden ser de diferentes tipos. En concreto, existen tres modalidades diferenciadas de testamentos comunes:

Testamento abierto

Se trata de un testamento que es otorgado ante notario. El testador manifiesta su voluntad de palabra para después plasmarla por escrito, o bien puede decidir dejarlo por escrito directamente. En cualquier caso, lo esencial de este supuesto es que la voluntad del testador se podrá conocer de forma previa a su fallecimiento. Es una modalidad muy empleada en nuestro país.

Testamento cerrado

El testamento cerrado sigue un proceso muy parecido al caso anterior, con la diferencia de aquí, la voluntad del testador se recoge en un sobre o pliego cerrado, el cual solo se podrá abrir tras su fallecimiento. Esta modalidad también es ampliamente utilizada en España.

Testamento ológrafo

Finalmente, encontramos el testamento ológrafo. Es una modalidad en la cual la voluntad del testador aparece recogida de su puño y letra, es decir él mismo ha escrito sus voluntades en algún soporte. El testamento ológrafo no requiere la intervención de un notario, pero esto mismo hace que sea imprescindible contar entonces con un abogado de herencias que nos ayude en la redacción y supervisión del documento. De lo contrario, corremos el riesgo de que el testamento no sea válido por no cumplir con todos los requisitos que exige la Ley.

Existen también otras tres modalidades de testamentos especiales: el militar, el marítimo y el otorgado en país extranjero. Dado que cada uno de ellos tiene sus propias características y requisitos legales, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Despacho si desea resolver alguna duda acerca de alguno de ellos.

La Ley concede amplias facultades para el testador, de forma que pueda expresar su voluntad libremente, con el único límite de la legítima. Se trata de una porción de bienes que corresponden por Ley a determinadas personas: los herederos forzosos. La legítima no se puede incumplir, por lo que si queremos otorgar testamento, deberemos contactar antes con un abogado de herencias para que estudie nuestro caso y se asegure de que cumplimos con las debidas obligaciones legales. Si, en cambio, nosotros somos los herederos y se ha incumplido nuestra cuota de legítima, podremos solicitar una impugnación del testamento.

Por último, queremos informar de que para hacer testamento se necesita contar con la capacidad requerida por la Ley, que de forma general son los 14 años, a excepción del testamento ológrafo, que requiere ser mayor de edad. También se deberá estar en plenas facultades mentales, de forma que no exista ninguna causa de incapacidad para testar. 

La Ley asume que, salvo que se demuestre el caso contrario, existe capacidad para estar por parte de quien otorgar el testamento, de modo que si alguna persona impugna el testamento por falta de capacidad del testador, esta circunstancia deberá demostrarse.

¿Qué ocurre cuando no hay ningún testamento?

Como hemos mencionado, cabe la posibilidad de que el causante de una herencia haya fallecido sin dejar testamento. En este caso estaremos ante una sucesión intestada, también conocida como sucesión legal. Se le llama así porque es la Ley quien dispone el orden de sucesión, el cual es el siguiente:

  1. Hijos y descendientes del fallecido.
  2. Padres y ascendientes del fallecido.
  3. Cónyuge del fallecido, con la condición de que no se encuentre separado legalmente o de hecho.
  4. Hermanos y sobrinos del fallecido.
  5. Tíos carnales del fallecido.
  6. Resto de parientes colaterales del fallecido, hasta el 4º grado.
  7. A falta de todos los familiares anteriores, en último lugar será el Estado quien herede, en la forma que dispone la Ley. Esto sirve para que ninguna herencia se quede sin destinatario, pues tal situación no estaría permitida en el Derecho español.

En las herencias sin testamento, como paso previo para poder recibir los bienes, será necesario hacer un trámite llamado Declaración de Herederos. Es un documento que sirve para identificar a las personas que tienen la condición de heredero. Actualmente, gracias a la Ley de Jurisdicción Voluntaria, este trámite se suele hacer ante notario y solo en algunos caso será necesario realizarlo ante el Juez.

Somos conscientes de que hacer frente a una herencia es un proceso de cierta complejidad, pues hay muchos aspectos legales que deben tenerse en cuenta y que normalmente se desconocen. Además, de forma paralela, se tiene que hacer frente al pago de los correspondientes impuestos (Impuesto de Sucesiones y plusvalía municipal, cuando proceda). Es lógico que no conozcamos todas estas cuestiones y que nos sintamos un poco perdidos, pero los abogados especializados en herencias estamos aquí para ayudarle con este cometido. 

Con nuestra ayuda, le será más fácil otorgar testamento, decidir si debe aceptar o repudiar una herencia, gestionarla, hacer frente al pago de los tributos, etc.

Para llevar a cabo nuestra labor, contamos con un equipo altamente cualificado y que lleva años resolviendo casos en este sector, por lo que contamos con una amplia experiencia profesional. 

Si usted también desea recibir información o quiere que hagamos una primera valoración de su caso, no tiene más llamarnos por teléfono o contactar a través de esta misma web. Nuestra misión es ayudarle en todo lo posible.